TUCATERING es un programa de fomento del empleo en el que se enseña a los desempleados las competencias básicas del operador de catering, combinando la formación teórica en el aula, con la formación práctica y la realización de un trabajo real en diferentes restaurantes, así como la preparación y desarrollo de convenciones, ferias y banquetes.


La formación es eminentemente práctica, pues se basa en la metodología de “aprender trabajando”.



domingo, 1 de mayo de 2011

¿Qué ofrece TUCATERING?

FORMACION:

•Formación Ocupacional para el conocimiento del oficio de operados de catering.
•Formación General para ayudar a que el alumno alcance el nivel de titulación mínima de la educación secundaria obligatoria
•Formación en Prevención de riesgos laborales, para infundir una actitud preventiva en la realización del trabajo y conocer los equipos básicos de protección del oficio.
•Alfabetización informática, para conocer el manejo básico de los ordenadores, tratamientos de textos, bases de datos e Internet
•Formación en técnicas de búsqueda de empleo, autoempleo y gestión empresarial, para facilitar la inserción laboral por cuenta propia o ajena a la finalización del proyecto.
•Beca de asistencia de 6,01 € por día lectivo de asistencia, durante los 6 primeros meses de la Fase Formativa.


EMPLEO:

• El alumno-trabajador se le hará un contrato para la formación, percibiendo un salario por cuantía igual al 75% del salario mínimo interprofesional.
• El alumno-trabajador se incorporará a la bolsa de empleo del ayuntamiento, pudiendo entrar a fomar parte de la plantilla de los distintos locales de hostelería que tienen firmado el convenio de participación con el ayuntamiento.
• En caso de existir iniciativas emprendedoras de autoempleo, se promoverá la inclusión en el centro de iniciativa empresarial del ayuntamiento.

CERTIFICADO DE FORMACION:

Al término de su participación el alumno trabajador recibirá un certificado en el que se hará constar la duración en horas de su participación en el programa, el nivel de formación teórico-práctica adquirida y los módulos formativos cursados. La cualificación o competencia profesional adquirida será objeto de acreditación de acuerdo con la normativa reguladora de los certificados de profesionalidad, en los términos establecidos en la Ley Orgánica 5/2002 de las Cualificaciones y de la Formación Profesional y en su normativa de desarrollo, constituida por el Real Decreto 395/07, de 23 de marzo, por el que se regula el subsistema de formación profesional para el empleo y el el Real Decreto 34/08, de 18 de enero, por el que se regulan los certificados de profesionalidad.




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